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Los párrafos 6 y 7 de la Resolución Técnica N° 54 determinan que uno de los requisitos para definir a las entidades como pequeñas o medianas está relacionado con el nivel de ingresos y en el texto normativo hace referencia a que los limites surgirán de un importe que definirá esta Federación.
En el mes de diciembre de 2022 la Junta de Gobierno emitió la Resolución 608/22, en donde se definieron los ingresos que las entidades deberían tener en el ejercicio inmediato anterior, para que sean calificadas como una entidad pequeña o como una entidad mediana. Los importes definidos en la mencionada Resolución estaban expresados en poder adquisitivo del mes de octubre de 2022.
Teniendo en cuenta que el párrafo 8, de la Resolución Técnica N° 54 define que los importes deben actualizarse, la FACPCE publicará mensualmente un cuadro con la evolución de los montos de los ingresos incluidos en el alcance de esta Resolución Técnica para calificar como Entidad pequeña y Entidad Mediana.
En el siguiente link se puede acceder a los montos actualizados al mes de diciembre de 2023.